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Acuerdo para la condonación de multas de verificación vehicular

Para acceder a este estímulo fiscal, los dueños o poseedores de vehículos automotores deberán acudir a los Centros de Verificación Vehicular autorizados por la SDS en el periodo establecido de acuerdo a su terminación de placa y engomado, ya que solo podrán acceder a este beneficio durante el periodo que le corresponde a su verificación.

En agosto, continúa el procedimiento para los automóviles con placas 5 y 6, engomado amarillo; en agosto y septiembre corresponde a aquellos con terminación de placas 7 y 8, engomado rosa; en septiembre y octubre a los coches con placas 3 y 4, engomado rojo; mientras que en octubre y noviembre a aquellos con placas 1 y 2, engomado verde; finalmente en noviembre y diciembre a las terminaciones 9 y 0, con engomado azul.

Aquellos que no acudan a regularizar sus unidades motoras a través de la verificación dentro del plazo establecido, las autoridades competentes quedarán en posibilidad de iniciar o continuar los procedimientos sancionatorios correspondientes.

 

El Programa de Verificación Vehicular constituye una de las medidas para proteger la salud de las personas al asegurar que las emisiones vehiculares cumplan con las especificaciones de la normatividad vigente. Con la modernización de los Centros de Verificación Vehicular se miden los niveles de contaminantes de las fuentes móviles (autos, transporte) que permiten determinar el cumplimiento de los límites permisibles para poder circular de acuerdo con la normatividad vigente.

Estos Centros están ubicados estratégicamente dentro del Estado y cuentan con equipos especializados que encriptan la información generada del vehículo en el proceso de pruebas, las cuales se envían en tiempo real a un sistema de control homologado con la Ciudad de México para realizar transacciones de información y detectar cualquier anomalía en el proceso de verificación y de esta forma evitan actos de corrupción.

 

REQUISITOS PARA LA VERIFICACIÓN

 

VEHÍCULO NUEVO
  • Factura o carta factura de origen con fecha de emisión menor a 180 días.
  • Tarjeta de circulación 2018, en caso de no tenerla, además de presentar la que tenga deberá presentar el pago del refrendo 2018; o, en su caso, el original y copia del permiso para circular sin placas, tarjeta de circulación y engomado.
  • Comprobante del registro en el padrón vehicular (Comprobante Fiscal Digital “CFDI”) emitido por la Secretaría de Movilidad y Transporte.
VEHÍCULO USADO REGISTRADO POR PRIMERA VEZ EN EL PADRÓN VEHICULAR DE MORELOS
  • Tarjeta de circulación 2018, en caso de no tenerla, además de presentar la que tenga deberá presentar el pago del refrendo 2018; o, en su caso, el original y copia del permiso para circular sin placas, tarjeta de circulación y engomado
  • Comprobante del registro en el padrón vehicular (Comprobante Fiscal Digital “CFDI”) emitido por la Secretaría de Movilidad y Transportes menor a 60 días.
VERIFICACIÓN NORMAL
  • Certificado de verificación anterior vigente o certificación de la verificación en caso de extravío.
  • Tarjeta de circulación 2018, en caso de no tenerla, además de presentar la que tenga deberá presentar el pago del refrendo 2018

 

En caso de no contar con factura o carta factura de origen con fecha de emisión de hasta 180 días, registro en el padrón vehicular de hasta 60 días cuando el vehículo se registra por primera vez en el estado, o certificado o certificación de la verificación anterior vigente se deberá presentar el comprobante del pago de la multa (Comprobante Fiscal Digital “CFDI”).